Reconocimiento facial: lo que implica que se sepa quiénes somos

En la revolución digital en la que estamos inmersos, se ha vuelto común el empleo de tecnologías de reconocimiento facial para acreditar nuestra identidad, ya sea para fines de seguridad, médicos, financieros, laborales, e incluso, para interactuar en redes sociales.


A través de ella desbloqueamos nuestros teléfonos móviles, autorizamos operaciones bancarias, “etiquetamos” amistades en fotos, ingresamos a nuestros trabajos, o bien, podemos localizar personas desaparecidas o que hayan cometido un delito.


Woodrow W. Bledsoe –uno de los pioneros de la Inteligencia Artificial– en los años sesenta, desarrolló el primer sistema semiautomático de reconocimiento facial capaz de ubicar y calcular proporciones de oídos, ojos, nariz y boca en fotografías para su comparación con fuentes de datos de referencia.


¿Qué es el reconocimiento facial? De acuerdo con el Grupo de Trabajo del artículo 29 de la Unión Europea, se trata del procesamiento automatizado de imágenes digitales (fotografías, videos grabados y en vivo) que contienen rostros de personas y que sirve para identificarlas, categorizarlas o autentificar su identidad.


Esta tecnología permite reconocer a un individuo a partir de sus datos biométricos, al confrontar los rasgos físicos de su cara, como la distancia entre sus ojos, la longitud de su nariz o el ángulo de su mandíbula, con plantillas previamente registradas y relacionadas con una identidad específica.


La tecnología no es ni buena ni mala. Su ventaja está en la manera en cómo la aprovechamos, sin vulnerar derechos fundamentales. Por ejemplo, el reconocimiento facial se ha utilizado con éxito para facilitar al Instituto Nacional de Investigación del Genoma Humano y a otras instituciones de salud estadounidenses, el diagnóstico de la enfermedad genética Síndrome de DiGeorge, que afecta desde 1 de cada 3000 a 1 de cada 6000 niños y cuya detección es especialmente difícil en África, Asia y Latinoamérica.


El rostro es un dato biométrico porque da cuenta de las características físicas de una persona, lo que permite identificarla o hacerla identificable. Además, es un dato personal sensible, porque incide en su esfera más íntima y su uso indebido pueda causarle discriminación o ponerla en un riesgo grave.


Pero ¿qué implica que se sepa quiénes somos mediante el reconocimiento facial? Una de las principales preocupaciones es que a través de su aplicación se atente contra los derechos humanos. Por ello, su empleo debe regirse por el cumplimiento de principios y deberes del sector público y privado que garanticen la protección de los datos personales.


En 2019, la empresa VPNMentor descubrió una importante brecha de seguridad en una base de datos de la plataforma Biostar 2, que gestionaba los sistemas de seguridad de acceso a instalaciones de 5,700 organizaciones en 83 países, incluidos gobiernos, multinacionales, bancos y la policía metropolitana del Reino Unido.


Los investigadores de la empresa tuvieron acceso a más de 27.8 millones de registros y 23 gigabytes de datos como huellas digitales, información de las caras e imágenes de los usuarios, sus nombres, contraseñas, domicilios, correos electrónicos, entre otros.


Con motivo de la firma, en 1981, del Convenio 108 del Consejo Europeo para la Protección de las Personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal, cada 28 de enero, desde 2006, conmemoramos el Día Internacional de la Protección de Datos Personales, para difundir los derechos que tenemos para el cuidado de nuestra información personal, y las responsabilidades de su buen manejo.


El reconocimiento facial plantea retos sobre su aplicación segura y legal en el tratamiento de datos biométricos, salvaguardando los derechos de las personas. En esa misión, los órganos autónomos guardianes de los datos personales, como el INFOCDMX, tenemos un papel esencial para garantizar su protección, sin dejar de aprovechar la tecnología.


Decía Cicerón que “el rostro es el espejo del alma, y los ojos, sus delatores”. El derecho a la protección de nuestros datos personales nos da el poder de decidir quién y cómo los trata. Nosotros decidimos quién puede ver nuestra alma y saber lo que nuestros ojos revelan sobre nuestra intimidad.


Fuente:
"Reconocimiento facial: lo que implica que se sepa quiénes somos", Columna Brújula de Ideas, El Semanario Sin Límites, 26 de enero de 2021,disponible en: https://elsemanario.com/opinion/reconocimiento-facial-lo-que-implic...

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Comentario de Marina A San Martín Rebolloso el febrero 3, 2021 a las 2:41pm

Muchas gracias Nuria por interesarte!! Abrazo 

Comentario de Nuria de Espinosa el enero 30, 2021 a las 7:27am

Interesante, me gustó. Un placer leerte. Abrazos 

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