El Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas emitió una resolución en el 2011 en la que se adoptaron los principios rectores dentro de los que deben regirse las empresas con los Derechos Humanos.

Esto para proteger, respetar y remediar el máximo instrumento internacional en esta materia.

Para esto fue creada la Declaración de Edimburgo; en esta declaración se reafirma el mandato que tienen las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (INDH) de promover y proteger los derechos humanos.

Dentro de la Declaración de Edimburgo se destacan los siguientes puntos:

  • Supervisión del cumplimiento de los derechos humanos por las autoridades estatales y no estatales.
  • Asesorar a las partes pertinentes de la forma de prevenir y remediar abusos.
  • Facilitar la obtención de la reparación judicial y no judicial, por el apoyo a las víctimas, así como la tramitación de quejas y/o actividades de mediación y conciliación.
  • Empoderar a las y los defensores de los derechos humanos, asegurando la participación efectiva de las empresas con estos derechos, especialmente en los grupos con mayor vulnerabilidad.
  • Acciones de investigación, educación, promoción y concientización.
  • Colaborar con organizaciones y personas que cuentan con un interés a nivel nacional o internacional, en empresas, sindicatos, teniendo como base el Pacto Mundial de las Naciones Unidas.

 

La CNDH reconoce que la problemática sobre los derechos humanos en el sector empresarial se ha comprendido de marcos internos y externos.

En cuestión del ámbito interno, las empresas han sido parte de condiciones inadecuadas en los centros de trabajo de seguridad e higiene; así como la falta de reglamentos, planes y programas de capacitación para reducir los riesgos de accidentes de trabajo y violaciones a los derechos laborales.

 

Por otro lado, dentro del sector externo se ha observado una falta de planeación de proyectos para el desarrollo, lo que provoca un impacto negativo en la aplicación de los derechos humanos. A su vez, se emiten autorizaciones en las que se otorgan títulos de concesiones de forma irregular, sin que las empresas cumplan con los requisitos que marca la ley, ni los procesos de la debida diligencia.

De tal manera que los defensores de las comunidades no están de acuerdo con los proyectos de desarrollo, por lo que esto ha sido denunciado y se ha pedido apoyo y participación de las empresas para detener movilizaciones sociales o de oposición de proyectos.

Por otro lado, existe una falta de supervisión y sanción de las actividades empresariales que deberían ser supervisadas por las autoridades correspondientes.

 

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