El escritor Jean de la Bruyère sostenía que una cualidad de la justicia es hacerla pronto y sin dilaciones; ya que hacerla esperar sería injusticia.

 

Si bien el derecho a la justicia debe ser expedito, en la práctica puede no ser así por una serie de condiciones.

 

En la realidad actual, la administración e impartición de justicia no han quedado excluidas de la influencia de las tecnologías de la información y de la comunicación (TIC), pues se han incorporado soluciones informáticas al sistema judicial o cuasi jurisdiccional para facilitar los procesos a las personas.

 

Este tipo de justicia denominada digital puede traer consigo beneficios como reducir costos, hacer más eficiente el uso de recursos, mejorar la accesibilidad, ayudar a comprender los procedimientos con un lenguaje sencillo, facilitar la vinculación entre juzgadores para intercambiar datos, asegurar la fiabilidad de los expedientes evitando errores de su gestión manual, y potenciar la transparencia y rendición de cuentas.

 

No obstante, la justicia digital plantea importantes retos de implementación, entre otros, reducir la brecha tecnológica para que se tenga acceso a Internet, combatir el analfabetismo digital dotando de competencias a los usuarios, asegurar la validez jurídica de las actuaciones y brindar todas las garantías procesales, así como, promover la generación de confianza hacia los medios digitales y un cambio de cultura sobre su uso.

 

Para su debido funcionamiento también se necesita contar con infraestructura y condiciones tecnológicas adecuadas, con una política digital que proteja esta prerrogativa mediante una acertada gestión de las TIC, además de garantizar la seguridad e integridad de la información.

 

Asimismo, la justicia digital debe avanzar a ser abierta, es decir, debe replantear la relación entre los operadores judiciales o aquellos que velan por derechos humanos como los órganos garantes de transparencia con la ciudadanía para favorecer e impulsar la apertura e inclusión en sus servicios, procesos de resolución; así como, para incentivar la comunicación, participación y colaboración con la sociedad, lo que contribuye a construir confianza.

 

Recientemente este tema ha cobrado atención en la agenda legislativa nacional por la propuesta de reforma constitucional planteada por el presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado de la República para incluir la justicia en línea, abriendo un oportuno debate.

 

Las TIC deben facilitar el ejercicio de derechos, como es el acceso a la justicia, por lo que su aprovechamiento no debe limitarlos ni condicionarlos al uso exclusivo de estas herramientas, debiendo garantizar otras alternativas que permitan su práctica.

 

Si bien el gran motor del cambio es la tecnología, como afirmada el escritor Alvin Toffler; parafraseando a Albert Einstein, el espíritu humano debe prevalecer sobre ella, pues la prioridad deben ser las personas.

 

Fuente:

Justicia digital: retos de apertura e inclusión, La Silla Rota, 17 de julio de 2020, en: https://lasillarota.com/opinion/columnas/justicia-digital-retos-de-...

 

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